13.10.06

Cuerpo de Bomberos


El Conde de Romanones presentó el 26 de septiembre de 1894 un proyecto de reorganización del servicio contra incendios.

Por primera vez en la historia del servicio contra incendios, en sesión de 5 de octubre de 1894 se aprobaba un nuevo reglamento para el Cuerpo de Bomberos de la Villa de Madrid quedando sostenido por las arcas municipales, «cuyo objeto es atender a la extinción de los incendios y al salvamento de personas y propiedades, prestando también su auxilio en los casos de hundimiento o inundación».

El citado cuerpo se dividirá en dos partes; la activa, cuya misión será la de acudir a los siniestros; y la auxiliar formada por los servicios de administración necesarios para su organización, bajo las ordenes del director del cuerpo, que será un arquitecto o ingeniero primer jefe.

El personal que optase a una de las plazas vacantes en el Cuerpo de Bomberos de Madrid deberá contar con oficio de carpintero de armar, albañil, haber servido en la armada o en cuerpos de ingenieros y artillería del ejército. Tener de 23 a 30 años, estatura mínima de un metro y medio, 86 centímetros de circunferencia torácica, saber leer y escribir y una honradez intachable. Realizarán guardias de 24 horas en los centros de zona y al terminar, las siguientes 24 horas las efectuaran en los puestos de bomba y carrete.

Trascurridos dos días de trabajo, las siguientes 24 horas serán libres, realizando maniobras por las mañanas y retenes en los teatros por las tardes, pagándoles una peseta por este servicio; 0,25 pesetas para el ayuntamiento por atenciones del servicio y 0,75 pesetas al bombero.

El personal destinado a cada uno de los puestos del servicio realizará vigilancias por turnos. Por las noches deberán estar uniformados y despiertos, y el resto de la dotación podrá dormir pero sin desnudarse.